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Costa Rica se encuentra en una etapa en la que busca desarrollar diversas medidas para el fortalecimiento de la gestión tributaria, lo que permitiría una mejor recaudación de impuestos, elemento esencial para el crecimiento y desarrollo de cualquier país.

Sin embargo existen ciertas medidas jurídicas que en lugar de ayudar al crecimiento del país, podrían provocar un estancamiento de la actividad comercial del país, esencialmente, en aquellos negocios que se pretendan realizar con la utilización de la sociedad anónima como figura jurídica.

Dentro de los cambios mencionados, entró en vigencia en vigencia La Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria (Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria Costa Rica) la cual reforma varios artículos del Código de Comercio costarricense y se reforman varios artículos del Código de Normas  y Procedimientos Tributarios.

Es en este código tributario se reforma el artículo 22, referido a la Responsabilidad solidaria sobre deudas líquidas y exigibles, el cual una vez reformado menciona lo siguiente:


"Quienes adquieran del sujeto pasivo, por cualquier concepto, la titularidad de bienes o el ejercicio de derechos, son responsables solidarios por las deudas tributarias líquidas y exigibles del anterior titular, hasta por el valor de tales bienes o derechos. Para estos efectos, los que sean socios de sociedades liquidadas, al momento de ser liquidadas, serán considerados igualmente responsables solidarios.”

Sin lugar a dudas la redacción del artículo no es clara, y manifiesta el peligro que pueden correr los socios, quienes al ser liquidada la sociedad, van a ser considerados de forma personal como responsables solidariamente.

Este tipo de normas están provocando que se rompa el principio esencial y por el cual existen las sociedades anónimas, el principio de independencia del patrimonio del socio, de los bienes y acciones realizadas por la sociedad.

 Consecuentemente con estos hechos jurídicos, Costa Rica esta padeciendo un  retroceso en tema de negocios e inversión, aún mas si empezamos a mirar lo que están haciendo otros países, los cuales están desarrollando una gran estructura jurídica y organizativa para hacer negocios, algo esencial en un mercado que mueve miles de millones en negocios diariamente.

Los inversionistas y empresarios lo pensarán mucho antes de hacer negocios en Costa Rica, a sabiendas de que no existe protección y separación entre lo que es la persona física y la jurídica, y con ello correr el riesgo de ver afectado su patrimonio personal por el hecho de que jurídicamente el articulo 22 está eliminando esta separación de acciones, y provocando incertidumbre lo cual es muy peligros si el país pretende estar a la vanguardia en los negocios en centroamerica.

Es imperante para el crecimiento económico de Costa Rica, realizar una fuerte y detallada revisión de esta normativa y de toda aquella que tienda a cerrar las oportunidades de negocios para el país.

Las sociedades anónimas nacieron con el fin de realizar negocios, y proporcionar a las personas físicas una forma de separar sus bienes personales de sus inversiones en los negocios. De esta manera se debe tener cuidado de no desnaturalizar la figura de las S.A., de lo contrario no tendría ningún beneficio utilizar esta figura, ya que se le está desnaturalizando.

Lic. Federico Carrera R.

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